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Publicado por en en General

Un cliente del despacho había sido imputado por un delito de estafa a través de internet y el Fiscal le pedía una pena de dos años de prisión y más de tres mil euros de indemnización.

Finalmente conseguimos su libre absolución al invocar, durante el juicio, la reciente doctrina jurisprudencial que señala que la falta de conocimiento de la ilicitud del hecho cometido (junto con otros requisitos) no puede conllevar la condena por estafa. Al faltar el elemento principal que es el engaño, la absolución deviene obligada.

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