• Experiencia

  • Eficacia

  • Compromiso

  Teléfono de contacto
91 676 64 61
  LLame y concierte una cita
Correo de contacto
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Últimos Artículos

“ACCIDENTE EN EL APRENDIZAJE DE UN DEPORTE NÁUTICO. ¿Quién es el responsable?”
General
 Al analizar los hechos en su vertiente jurídica observamos la existencia de una cierta dific...
Continuar leyendo...
JUICIO SOBRE PREFERENTES: LA FALTA DE INFORMACIÓN COMO CLAVE PARA GANAR AL BANCO.
General
  El Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Torrejón de Ardoz, en su sentencia (aún no firme) ...
Continuar leyendo...
REDUCCIÓN DE LA PENSIÓN COMPENSATORIA POR LA ACEPTACIÓN DE UNA HERENCIA
General
  Esta idea que en principio podría parecer obvia, en el sentido de que conforme al artículo...
Continuar leyendo...
ANULACIÓN CLÁUSULA SUELO EN LOS PRÉSTAMOS A EMPRESARIOS
General
  Desde la conocida Sentencia  del Tribunal Supremo, dictada con fecha 9 de mayo de 201...
Continuar leyendo...
ESTAFAS POR INTERNET. El Phising y el Scam.
General
La llegada de las nuevas tecnologías, como internet, a la sociedad actual y su utilización de form...
Continuar leyendo...

Enlaces de Interés

ICAM 
  (Ilustre Colegio de Abogados de Madrid)

BOE
  (Boletín Oficial del Estado)

INE 
  (Instituto Nacional de Estadística)

Gestiones y Trámites Ayto. Madrid

Noticias

Derecho Civil • Penal • Mercantil • de Familia • Propiedad Horizontal

Suscribirse a esta lista por medio de RSS. Ver entradas etiquetadas sentencia

 

La favorable sentencia que recientemente hemos obtenido en el despacho, confirma la conveniencia de esta estrategia. Se trata de intentar inclinar los esfuerzos probatorios hacia la carencia de información habitual que los bancos hicieron al comercializar este producto financiero.

En realidad, no solo es una estrategia procesal, sino un elemento jurídico necesario para conseguir la nulidad de la suscripción de las participaciones preferentes de la entidad bancaria, en este caso Caja Madrid, hoy Bankia, y así poder conseguir la recuperación del dinero erróneamente invertido.

Visitas: 12702
Calificar el artículo:
2