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La favorable sentencia que recientemente hemos obtenido en el despacho, confirma la conveniencia de esta estrategia. Se trata de intentar inclinar los esfuerzos probatorios hacia la carencia de información habitual que los bancos hicieron al comercializar este producto financiero.

En realidad, no solo es una estrategia procesal, sino un elemento jurídico necesario para conseguir la nulidad de la suscripción de las participaciones preferentes de la entidad bancaria, en este caso Caja Madrid, hoy Bankia, y así poder conseguir la recuperación del dinero erróneamente invertido.

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Ahora que están apareciendo estadísticas de la evolución y resultados de los arbitrajes promovidos por Bankia, se está comprobando lo que algunos ya dijimos hace meses. El arbitraje propuesto por esta entidad, no es la solución adecuada para recuperar la inversión en participaciones preferentes y deuda subordinada.

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Una de las cuestiones jurídicas que más inquieta y atormenta a la sociedad española actual es la que se deriva de la comercialización, por algunas entidades bancarias y cajas de ahorro, de unos productos financieros denominados “participaciones preferentes”, que por afectar a mas de 700.000 usuarios constituye probablemente el mayor fraude económico de nuestra historia reciente. (...)

 

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